Al advertir que la Cámara de Diputados redujo para este año en más de 26% el presupuesto solicitado por el Instituto Nacional Electoral (INE) sin ninguna motivación, la Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) invalidó el presupuesto para el INE, y ordenó a los Diputados federales que en un plazo de 30 días emita uno nuevo.

Los ministros de la Primera Sala aprobaron por unanimidad invalidar el decreto por el que se expide el Presupuesto de Egresos de la Federación para el ejercicio fiscal del 2022 publicado el 29 de noviembre de 2021, específicamente el artículo 13, fracción II, del Ramo 22.

Votaron por esta determinación los ministros Norma Lucía Piña, Jorge Mario Pardo Rebolledo, Juan Luis González Alcántara Carrancá, Alfredo Gutiérrez Ortiz Mena y Margarita Ríos.

La ministra Ana Margarita Ríos Farjat, presidenta de la Primera Sala, propuso que el tema fuera turnado al tribunal pleno de la Suprema Corte, pero el resto de los ministros consideró que la Primera Sala tenía competencia para resolver el asunto.

“La Cámara de Diputados deberá analizar y determinar en sesión pública, lo que corresponda al anteproyecto de Presupuesto de Egresos del Instituto Nacional Electoral para el ejercicio fiscal 2022, dentro del lapso de 30 días hábiles contados a partir de la fecha de notificación”, ordenó la Primera Sala.

El máximo tribunal dijo que en caso de estimar procedente la autorización de recursos adicionales, la Cámara de Diputados deberá tomar las medidas indispensables para que se haga la transferencia efectiva de los recursos a ese Instituto, o bien, en caso de que la decisión sea negativa, presente una motivación reforzada y con rigor técnico de su decisión.

La Primera Sala aclaró que el hecho de que haya concluido el proceso de revocación de mandato del Presidente de la República electo para el periodo constitucional 2018-2024, cuyos recursos para su ejercicio fueron previstos en el anteproyecto de presupuesto 2022, no puede ser motivo suficiente para que, en cumplimiento de lo ordenado en este asunto, la Cámara de Diputados decida negar los recursos originalmente solicitados por el Instituto Nacional Electoral.

También estableció que si bien la Cámara de Diputados tiene la facultad exclusiva de modificar la cantidad originalmente solicitada por el INE, ésta debía ejercerse mediante la aplicación de un estándar de motivación reforzada que diera cuenta de las razones objetivas y justificadas para realizar una reducción. Lo anterior, al estar en juego la autonomía presupuestal de los órganos constitucionales autónomos y, en última instancia, la protección de los derechos político-electorales de la ciudadanía.

Cabe destacar que actualmente la Cámara de Diputados se encuentra en periodo de receso, por lo que la resolución de la Corte deberá analizarse en la Junta de Coordinación  Política para determinar si solicita convocar a un periodo extraordinario de sesiones a través de la Comisión Permanente del Congreso de la Unión.

La mayoría de consejeros del INE esperaba este fallo de la Corte, para que en los posteriores ejercicios presupuestarios, y de cara a la elección federal 2023-2024 que incluye la renovación de la Presidencia de la República, haya claridad sobre los recursos que deben ser proporcionados al órgano electoral para cumplir con su responsabilidad constitucional de organizar los comicios.

“Ha valido la pena defender la autonomía y atribuciones del INE, así como acudir ante la SCJN reivindicando la vigencia del Estado de derecho”, planteó el consejero Ciro Murayama.