La Sala Xalapa del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) confirmó la sentencia en contra del órgano electoral de Oaxaca por retrasar por más de 50 días la investigación de quejas presentadas contra el partido Morena por el PRI en las que denunció presuntas violaciones a la ley electoral.
En su resolución, determinó que la secretaria técnica de la Comisión de Quejas y Denuncias del Instituto Estatal Electoral y de Participación Ciudadana de Oaxaca (IEEPCO), Lorena Jiménez Ríos, carece de legitimidad para impugnar la sentencia.
El 15 y 28 de febrero de 2022, el PRI presentó diversas quejas en contra del partido político Morena, por conductas que, a su decir, resultaban contrarias a la normativa electoral, relacionadas con el proceso electoral ordinario 2021-2022 para renovar la gubernatura en Oaxaca.
Dos meses después, el 16 de abril de 2022, el PRI impugnó la dilación de la Secretaria Técnica de la Comisión de Quejas y Denuncias de sustanciar, investigar y remitir los expedientes de los procedimientos especiales sancionadores al Tribunal Electoral del Estado de Oaxaca (TEEO).
Declaran infundada queja del PRI
El TEEO declaró que era fundada la queja del PRI en el sentido de declarar fundada la dilación del órgano electoral porque no se justificaba que hubieran transcurrido más de 54 días naturales sin que los procedimientos se hubieran admitido.
El Tribunal local también ordenó a la Comisión de Quejas y Denuncias del IEEPCO que, de no existir alguna causa de improcedencia, admitiera las quejas en un plazo de 24 horas, informara del cumplimiento en un plazo de 12 horas, además de que exhortó a la Comisión que continuara con la sustanciación de los procedimientos en los plazos legales establecidos.
Y finalmente, exhortó, entre otras, a la Secretaria Técnica de dicha Comisión para que cumpliera con las facultades que le confiere la normativa aplicable y dio vista a la Contraloría General del IEEPCO para que determinara si se actualiza algún supuesto de los previstos en la ley local.