La Sala Superior pidió eliminar de internet la difusión de los actos que realizó el primer mandatario entre el 12 y 13 de febrero pasados
El Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) confirmó que el presidente Andrés Manuel López Obrador llevó a cabo actos de propaganda gubernamental en periodo prohibido.
Por lo que la Sala Superior ratificó la resolución de la Comisión de Quejas y Denuncias del INE y pidió eliminar, de distintas publicaciones en internet, la difusión de los actos que realizó el primer mandatario entre el 12 y 13 de febrero pasados.
Cabe señalar, que en su momento el Instituto Nacional Electoral consideró que, en efecto, las publicaciones resaltaban acciones realizadas por el Poder Ejecutivo federal y que difundían actividades gubernamentales, principalmente la realización de obra pública. De este modo, el Poder Ejecutivo federal destacó beneficios que reportaban a los habitantes de ciertas zonas, por lo que sí se consideró propaganda gubernamental. Por tanto, al haber difundido propaganda gubernamental durante el proceso de Revocación de Mandato, periodo que prohíbe dichas acciones, se estimó que se hizo de forma indebida.
El presidente de los Estados Unidos Mexicanos impugnó la determinación, por lo que el pleno de la Sala Superior, a propuesta del magistrado Indalfer Infante Gonzales, confirmó el dictado de las medidas cautelares.
Por tal razón, el pleno de Sala Superior del TEPJF confirmó la procedencia de las medidas cautelares y la orden de eliminar las publicaciones denunciadas, relativas a los actos de gobierno realizados por el presidente. Por otra parte, la Sala Superior confirmó la adopción de medidas cautelares, en su vertiente de tutela preventiva, con el fin de que el titular del Ejecutivo se abstenga de emitir cualquier tipo de propaganda gubernamental durante el periodo prohibido.